Recuerde que debe realizar su trámite de naturalización a través de la página web de Cancillería, ingresando y diligenciando el formulario en el enlace denominado “Realice aquí su trámite de nacionalidad en línea”.
1. Copia de la Visa de Residente
Los extranjeros deben permanecer en Colombia por cinco (5) años continuos, contados a partir de la fecha de expedición de la Visa de Residente en calidad de titular o beneficiario.
El tiempo de permanencia se reducirá a dos (2) años, si el extranjero cumple algunas de las siguientes condiciones:
1. Estar casado o tener compañero (a) permanente colombiano(a).
2. Tener hijos colombianos.
3. Ser nacional español.
Recuerde que para demostrar alguna de las situaciones descritas, el extranjero deberá aportar registro civil de nacimiento, escritura pública o registro civil de nacimiento.
2. Memorial, carta u oficio dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, en el cual se solicita la nacionalidad colombiana, y se indica:
• Nombre completo, número de cédula de extranjería, ocupación, y nacionalidad actual del peticionario.
• Ciudad de domicilio y dirección de su residencia en Colombia, teléfono fijo, número celular y correo electrónico.
• Manifestación del solicitante en el cual conste su voluntad de ser notificado por medio electrónico. Para este efecto en el trámite virtual, se encuentra la opción de señalar el interés de la notificación vía electrónica.
• Autorización expresa para que este Ministerio pueda solicitar información confidencial, tributario u otra información pertinente ante las autoridades competentes.
• Las razones en que se fundamenta su petición.
• La solicitud deberá estar firmada por el solicitante.
3. Copia de la cédula de extranjería vigente.
4. Copia de la página de datos biográficos del pasaporte vigente, en caso de que el documento este en un idioma diferente al castellano deberá aportarse traducción oficial.
5. Registro Civil de Nacimiento que acredite de forma idónea el lugar exacto y fecha de nacimiento del extranjero.
El documento deberá ser aportado debidamente apostillado o legalizado, y con traducción oficial al castellano, cuando el registro venga en un idioma diferente.
6. Acreditar actividad laboral, profesión u oficio en el territorio colombiano, con alguno de los siguientes documentos:
6.1 Si el solicitante es profesional dependiente, deberá aportar Certificado laboral de la empresa donde trabaja, no mayor a seis (6) meses.
6.2 Si el solicitante es profesional independiente, deberá aportar copia del formulario del Registro Único Tributario (RUT).
6.3 En caso de que el solicitante sea socio o propietario de algún establecimiento comercial, deberá allegar el certificado de la Cámara de Comercio con una expedición no mayor a seis (6) meses, en el cual conste el objeto social de dicha entidad y su número de identificación tributaria (NIT).
En caso de que el solicitante dependa económicamente de otra persona, deberá presentar una declaración, suscrita por el familiar, cónyuge o compañero permanente, en la que conste esa dependencia. Así mismo, deberá adjuntar alguno de los documentos enunciados en los numerales 6.1, 6.2 o 6.3 correspondiente a la persona que se hace responsable del solicitante.
7. Una (1) foto tipo documento actual de rostro, de frente, fondo blanco. Tamaño 4x5 cm en formato JPG.
8. Cuando el extranjero pertenezca a una comunidad indígena deberá presentar documento idóneo expedido por la autoridad competente de su comunidad de origen.
9. El extranjero con discapacidad cognitiva deberá aportar certificado en el que conste tal condición, expedido por el profesional competente.
10. El extranjero que hubiese finalizado estudios de bachillerato, pregrado, posgrado, maestría o doctorado en Colombia deberá aportar el acta o diploma de grado para que sea validado por este Ministerio.
Si el documento es aportado con posterioridad a la creación del trámite el mismo no será tenido en cuenta.
El solicitante que no acredite alguno de los requisitos señalados en este artículo, deberá presentar oficio dirigido al Ministro de Relaciones Exteriores, debidamente motivado en el que se indiquen las razones por las que le fue imposible el cumplimiento de dicho requisito.
PARA LOS MENORES DE EDAD:
Si el extranjero interesado en adquirir la Nacionalidad Colombiana por Adopción tiene hijos menores de edad bajo su patria potestad, domiciliados en Colombia y con visa de residente en calidad de beneficiarios, puede solicitar que su solicitud sea extensiva a ellos, para lo cual, deberá aportar los siguientes documentos:
1. Copia de la Visa de Residente del menor en calidad de Beneficiario.
2. Solicitud, carta, oficio o memorial mediante el cual se requiera a este Ministerio de Relaciones Exteriores que la solicitud de Nacionalidad Colombiana por Adopción presentada por el padre, madre o representante legal sea extensiva al menor de edad, la solicitud deberá estar firmada por los padres o por quien ejerza la patria potestad (caso en el cual se debe aportar la sentencia judicial emitida por el Estado de origen donde se acredite dicha circunstancia).
3. Copia del Registro Civil de Nacimiento del menor debidamente apostillado o legalizado, con la correspondiente traducción oficial al castellano, en caso de que el documento no esté en idioma español.
4. Copia de los documentos de identificación de los padres o representante legal.
5. Pasaporte del menor de edad, en caso de que el documento este en un idioma diferente al castellano deberá aportarse traducción oficial.